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viernes, 23 de mayo de 2014

Licitación nula. Cuando no respeta los plazos de ley.

Si en el plazo concedido por la convocante, en las bases, entre la junta de aclaraciones y el acto de presentación y apertura de ofertas no transcurre como mínimo siete días naturales la licitación es NULA.

Lo anterior en virtud de que la convocante al actuar en franca contravención de la ley genera un perjuicio en la esfera jurídica del licitante, ya que al no respetar el término entre la junta de aclaraciones y el acto de presentación y apertura de ofertas, le deja en completo estado de indefensión en razón de no contar con el tiempo señalado en la ley, para preparar una oferta que pudiera tener posibilidad de resultar adjudicada.

Por lo que procede la inconformidad, con suspensión del procedimiento.

Fundamento legal artículos 35 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 31 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.


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