Contra el fallo o resolución que declara desierto o cancela un concurso de obra pública o adquisiciones por reasignación presupuestal procede el amparo indirecto y que se decrete la suspensión provisional y definitiva en su momento.
Dicho acto puede ser impugnado, no sólo por el participante en el concurso, sino por cualquier persona, pues se legitima por el solo hecho de ser contribuyente y pagar impuestos.
Por ello es una acción independiente de la inconformidad y puede promoverse paralelamente con el amparo.
Lo anterior en virtud de que las asignaciones presupuestales aprobadas por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión no pueden ser reasignadas discrecionalmente por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
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martes, 14 de diciembre de 2010
Licitación desierta o cancelación por reasignación presupuestal procede amparo
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
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